• mié. Ago 26th, 2026

Paul Maldonado explica las nuevas penas por carreras clandestinas en República Dominicana

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Ago 20, 2026

En Paul Legal, Maldonado abordó el artículo 113 del nuevo Código Penal y las sanciones aplicables cuando estas prácticas provocan muertes, lesiones permanentes, golpes o heridas.

Paul Maldonado dedicó una nueva entrega de Paul Legal a explicar las infracciones y tipificaciones incorporadas al nuevo Código Penal dominicano. En esta ocasión abordó el artículo 113, relacionado con las consecuencias penales para quienes provoquen la muerte o lesiones mientras participan en carreras clandestinas de vehículos de motor, realizan acrobacias conocidas como “calibrando” o compiten en espacios no autorizados.

De acuerdo con lo explicado por Maldonado, cuando una persona provoca la muerte de otra bajo estas circunstancias puede enfrentar una sanción de 10 a 20 años de prisión. El objetivo de divulgar estas disposiciones es que conductores, especialmente quienes participan en estas prácticas, conozcan que sus acciones pueden derivar en consecuencias penales de considerable gravedad.

El artículo también establece, según detalló, diferentes penas dependiendo del daño ocasionado. Cuando la víctima sufre una lesión permanente, la sanción puede ser de 3 a 5 años de prisión, mientras que provocar golpes o heridas puede representar una pena de 2 a 3 años. Maldonado advirtió que la divulgación de estas nuevas disposiciones funciona como una forma de acercar el conocimiento jurídico a la ciudadanía.

Con esta nueva cápsula, Paul Legal mantiene su enfoque informativo y preventivo alrededor del nuevo Código Penal dominicano. Maldonado llamó a pensar en las consecuencias antes de participar en carreras clandestinas o realizar maniobras peligrosas, recordando que conocer la ley permite dimensionar los riesgos personales, legales y sociales que pueden derivarse de estas conductas.

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